Yoga Terapia no es yoga

publicado en 2009 en el International Journal of Yoga Therapy.

 

Asistir al Consejo de la Iniciativa de Escuelas en el Simposio de 2009 en Investigación y Terapia del Yoga (Yoga Therapy and Research SYTAR) fue una experiencia interesante y de gran valor. Cuarenta representantes de programas de formación de todo Estados Unidos y más allá, juntos para intercambiar ideas y tener un vivo debate sobre el futuro de la terapia del yoga.

Cuando envié mi solicitud para convertirme en socio fundador de la escuela, tenía curiosidad por saber si había algún tipo de proceso de selección o si la Asociación Internacional de Terapeutas de Yoga (IAYT) simplemente cobraría mi cheque y me pondría en la lista. Gracias a la IAYT, recibí  una llamada del director ejecutivo John Kepner. Tuvimos una larga conversación sobre la formación que le estaba ofreciendo y los esfuerzos de la IAYT para hacer frente a la necesidad de normas. Realmente fue un honor ser invitado a asistir a la reunión del Consejo de Escuelas y participar en las discusiones trascendentales sobre las normas de las formaciones de los terapeutas de yoga.

Mi participación estuvo motivada tanto por el interés en conocer otros profesionales del yoga con una orientación terapéutica como por las posibles implicaciones que pudiera tener a la hora de poner mi negocio en el mercado el establecer la terapia del yoga como una “respetada” profesión. Fui a la reunión con dos preguntas básicas:

1. ¿Qué constituye la terapia del yoga concretamente?

2. ¿Lo que estoy haciendo reúne estos criterios?

Las respuestas a estas cuestiones dependen de una sutil distinción entre dos puntos de vista, ambos presentes en la reunión del Consejo de Escuelas. Con fines de discusión y falta de términos mejores, me refiero a estas perspectivas aquí como el Cuidado Preventivo del Profesional de Yoga (PCYP), o punto de vista del bienestar, y la Aplicación Clínica del Profesional de Yoga (CAYP), o punto de vista del tratamiento.

Pareció haber un consenso general entre ambas perspectivas sobre tres principios básicos de la terapia del yoga:

1. Evaluación: El profesional tiene un proceso de consulta o entrada formal del historial físico y/o mental del estudiante/cliente.  2. Adaptación: El profesional da y prescribe práctica/tratamiento ajustado a las necesidades individuales o multidimensionales del estudiante/cliente. 3. Relación: La práctica/tratamiento depende de la “conexión” entre el profesional y el estudiante/cliente.

Estableciendo la particularidad de estos amplios principios es donde las perspectivas divergían. Dependiendo del punto de vista, cada uno de estos tres principios asumía diferentes características.

Un PCYP/evaluación de bienestar probablemente tomaría la forma de una conversación casual en la que el profesional y estudiante se hacen una idea el uno del otro, discuten sobre problemas potenciales, y establecen las bases de una amistad. Un CAYP/evaluación de tratamiento probablemente significaría un proceso de admisión en el que el profesional discute diagnósticos previos, consulta con el fisioterapeuta del cliente (cuando proceda), y desarrolla una buena relación.

El PCYP adapta intuitivamente la práctica ofreciendo sugerencias y llegando a un acuerdo mutuo con el estudiante. El CAYP ajusta la práctica determinando una apropiada práctica para el cliente, basada en sus condiciones o en protocolos existentes.

Tanto el PCYP como el CAYP dependen fuertemente de establecer una buena relación con el cliente/estudiante;  sin embargo, el contexto de la relación es diferente. Un PCYP se relaciona con el estudiante como un igual. El estudiante delega en la experiencia profesional del PCYP, pero en última instancia toma sus propias decisiones.

Es importante destacar que un CAYP necesita más formación especializada que un PCYP. Con el fin de trabajar con enfermedades más serias en el contexto de un ambiente clínico y de modo que pueda ganar respeto entre el círculo médico, un CAYP necesita compartir conocimiento similar yhablar el mismo lenguaje que este círculo. Un PCYP no lo necesita.

Se pueden presentar sólidos argumentos a favor de que la terapia del yoga se definaestrictamente para referirse solo a la aplicación clínica. Si el objetivo de crear normas y acreditaciones es llevar el yoga a la medicina occidental y mover la medicina occidental a una dirección más holística trabajando desde dentro del sistema, entonces no tiene sentido tener una clasificación de bienestar/cuidado preventivo que requiera menos normas de formación especializada; de hecho, esto podría disminuir el prestigio de la terapia del yoga y frustrar estos objetivos.

No obstante, sin una clasificación de la terapia del yoga para la gente que trabaja desde la perspectiva del bienestar, no hay forma de que la gente que no está en el sistema médico distinga un PCYP de un profesor de yoga que no está usando los principios de la terapia del yoga. Teóricamente, todo el yoga es inherentemente terapéutico, pero el hecho es que hay un sistema existente de registro y certificación que realmente no distingue entre los dos enfoques. También hay una cantidad de clases de yoga en el mercado que es muy perjudicial.

Cuando se trata de lo que realmente está pasando “sobre la esterilla”, por así decirlo, PCYPs y CAYPs usan las mismas técnicas y obtienen los mismos resultados, solo que en diferentes contextos. Si una persona va a yoga con una hernia discal y el profesional del yoga sabe lo suficiente como para sugerir los ejercicios de movimiento y respiración adecuados, si la columna del alumno se corrige, ¿es eso terapia del yoga? Desde un puto de vista de tratamiento de la terapia del yoga, eso dependería de lo que pasa por la mente del profesional y de los credenciales de su currículum.

Mientras que la terapia del yoga se ha definido ampliamente como una forma de distinguir la orientación terapéutica de enfoques predominantemente comerciales o más estrictamente como unmedio de integrar el yoga en sistema sanitario como un complemento o como una medicina alternativa, el ímpetu de las normas es claramente un deseo por el desarrollo profesional y legitimidad percibida. Méritos aparte, los problemas de registro, certificación, normas, acreditación y licencia tienen poco que ver con el yoga. Como una cuestión práctica, el yoga es inherentemente místico y no puede ser certificado por proclamadas autoridades externas. Yoga se refiere al estado libre de cargas de tiempo, dinero o política. En el corazón del asunto se encuentra la paradoja que necesita reconciliación: la terapia del yoga no es yoga.

Si el objetivo es crear normas para la terapia del yoga para que la acreditación y puede que la licencia tengan lugar, entonces mi aportación aquí es contraproducente. Sin embargo, si el objetivo de establecer la terapia del yoga como una respetada profesión para promover la práctica del yoga que requiere evaluación, adaptación y relación, entonces es razonable cuestionar la sensatez de limitar la terapia del yoga a los ambientes clínicos. Trabajar desde dentro del sistema existente requiere de una jerarquía de conocimiento y de la creación de credenciales, lo que se presta bien a las tradiciones clásicas en las que también ponen a la gente en posiciones de poder sobre otras; esto presenta también algunas trampas desastrosas.

La actual convención establecida está contrapuesta, si no completamente contraria al yoga. Consideremos la influencia de la institucionalización en el proceso de dar a luz a niños en hospitales americanos. Es un aterrador ejemplo de cómo los protocolos médicos favorecen lo que les es más conveniente y les libra de responsabilidad que el mejor interés de la gente o un concepto holístico de la salud. Muchas matronas acreditadas dejaron de trabajar en hospitales y en su lugar empezaron asistiendo partos en casas, a pesar del riesgo añadido, porque se dieron cuenta de que era imposible mantener la profundidad de su práctica en aquellas condiciones hostiles. Conforme a los dictados de un sistema arraigado y corrupto, este potencialmente serviría sólo para oscurecer más el yoga.

Como cualquier movimiento para el cambio, están aquellos que trabajan desde dentro del sistema y los que trabajar fuera del sistema. Queda por ver si la IAYT representará ambos o solo el primero.  En cualquier caso, se necesita una norma como punto de referencia para los profesionales del yoga terapéutico y más amplios estándares para clínicas de terapeutas del yoga. Si la terapia del yoga viene a especificar una aplicación clínica, yo solo espero que aquellos que forjan ese camino no desprecien a aquellos que eligen ir por otro camino.